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INHABILITADO

Artur Mas no podrá ser el candidato de PDeCAT en las próximas elecciones en Cataluña

La condena es de inhabilitación por dos años. Artur Mas no podrá en ese tiempo presentarse a ninguna elección. Es decir, no podrá ser elegido ni en elecciones locales, autonómicas o generales.

Hechosdehoy / Lola Paredes
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Llegó la sentencia. No es firme y podrá ser recurrida. Pero tiene sus lecciones políticas. Se produce en el momento de fuerte contestación en el Partido Demócrata Europeo Catalán (PDeCAT) sobre la figura de su actual presidente, Artur Mas.

En principio, el PDeCAT aparece como el sucesor de Convergencia Democrática de Cataluña (CDC). Pero estas señas de iodentidad están en discusión al estallar la corrupción del caso Palau. También genera controversia la deriva independentista. Los sondeos además ante posibles nuevas elecciones en Cataluña están triturando al PDeCAT frente a Esquerra Republicana (ERC). La figura de Artur Mas se halla en el centro de todos los recelos y críticas.

En este marco llegó la sentencia que supone una inhabilitación por dos años. Artur Mas no podrá en ese tiempo  presentarse a ninguna elección. Es decir, no podrá ser elegido ni en elecciones locales, autonómicas o generales.

El artículo 410 del código penal por el que ha sido condenado Artur Mas es concluyente:

"Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años".

La pena de inhabilitación conlleva la prohibición de ejercer como cargo público local, autonómico o estatal durante el período de condena impuesto, es decir, dos años en el caso de Artur Mas que no podrá presentarse como candidato.

Recurso ante el Tribunal Supremo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó al expresidente de la Generalitat Artur Mas a dos años de inhabilitación por desobedecer al Tribunal Constitucional y celebrar la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014.

Condenó, además, a los otros dos acusados en el juicio del 9-N: la exvicepresidenta, Joana Ortega, (un año y nueve meses) y la exconsejera de Enseñanza, Irene Rigau, (un año y medio) como cooperadoras necesarias del delito de desobediencia. Los tres han sido absueltos, en cambio, del delito de prevaricación, que era el que implicaba una mayor pena de inhabilitación.

La sentencia no es firme y las defensas de Artur Mas y de Joana Ortega e Irene Rigau ya han anunciado que piensan recurrirla ante el Tribunal Supremo. Eso significa que, por ahora, no se ejecutará. El único de los tres acusados que en la actualidad ejerce un cargo público -Irene Rigau es diputada de Junts pel Sí en el Parlamento de Cataluña– podrá seguir desempeñando esas funciones.

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