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CON URGENCIA

El Tribunal Supremo declara nulo el canon digital aprobado en 2012

La sentencia fuerza a aprobar una nueva regulación del pago a los creadores de la compensación por copia privada, asunto que está contemplado en el acuerdo de investidura entre PP y Ciudadanos.

Hechosdehoy / SM / A. K.
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La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que anula el Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, que regula el procedimiento para el pago de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conocido como 'canon digital'.

En el último año de vigencia de la norma aprobada por el Gobierno socialista, 2011, se llegó a pagar más de 115 millones de euros en compensaciones.

Las entidades Egeda, Vegap y Dama son las que en 2013 presentaron recurso ante el Tribunal Supremo contra el real decreto que impulsó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 y que provocó la caída de los pagos. El Supremo hizo una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea antes de pronunciarse.

El Tribunal de la UE respondió en una sentencia del pasado 9 de junio que esta norma no encajaba en las leyes europeas precisamente "en la medida en que no puede garantizar que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".

Las entidades recurrentes han visto cómo bajaban sus ingresos de manera vertiginosa desde 2012, hasta rebajarse en un 80% y quedar en no más de cinco millones de euros anuales en los últimos ejercicios.

El canon digital, implantado por el Gobierno socialista, gravaba la adquisición de aparatos de grabación y reproducción como los DVD o los CD. Los ingresos por compensación llegaron a los 115 millones de euros en 2011, último año en que se aplicó.

El Supremo acuerda ahora la estimación parcial del recurso que interpusieron en febrero de 2013 tres entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual. La Sala no sólo anula esos preceptos sino la normativa en su conjunto. El fallo ordena la "inaplicación" del real decreto de 2012.

La sentencia del Tribunal Supremo fuerza a aprobar con urgencia una nueva regulación del pago a los creadores de la compensación por copia privada, un asunto que está contemplado, incluso, en el acuerdo de investidura suscrito entre el Partido Popular y Ciudadanos.

La normativa de la Unión Europea establece el derecho exclusivo de los autores, artistas e intérpretes a autorizar o prohibir la reproducción de sus obras. Sin embargo, existe una excepción a ese derecho que es la llamada copia privada o reproducción de las obras realizada por una persona física para su uso particular y sin fines comerciales.

Por estas copias, la legislación comunitaria obliga a los Estados a establecer una regulación que resarza a los autores por el perjuicio que les causa la realización de copias privadas de sus obras. El argumento es que son las personas físicas los "beneficiarios exclusivos" de la excepción de la copia privada.

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