A destacar, como informó Hechos de Hoy, que el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, se ha unido a la ofensiva del Partido Popular y ha recurrido la Ley de Amnistía, impulsada por su propio partido, el PSOE.
Se busca tumbar en los tribunales dicha ley, pactada con los partidos independentistas en el marco de la investidura de Pedro Sánchez.
Ahora el Pleno del Tribunal Constitucional tramitará la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo y acepta la abstención del exministro Juan Carlos Campo, lo que reduce al mínimo la mayoría progresista del tribunal.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el primer recurso contra la Ley de Amnistía, la cuestión de inconstitucionalidad planteada el pasado julio por el Tribunal Supremo, que considera que la polémica norma vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley y el principios de seguridad jurídica, entre otros. El Pleno comunicará al Tribunal Supremo que ” permanezca suspendido el proceso hasta que se resuelva definitivamente la cuestión”.
Antes, los magistrados han aceptado la abstención del exministro de Justicia Juan Carlos Campo, que pidió apartarse del asunto por haber tramitado los indultos a los líderes del procés y haberse pronunciado por escrito en contra de la Ley de Amnistía. Con Campo al margen de las deliberaciones, la mayoría progresista es frágil (seis magistrados frente a cinco conservadores), lo que convierte en decisivo -si el equilibrio de sensibilidades se mantiene- el voto de su presidente, Cándido Conde-Pumpido.
Se abre un intenso otoño. Tendrá que pronunciarse sobre la admisión a trámite de una docena de recursos de inconstitucionalidad, la mayoría impulsados por los gobiernos autonómicos del PP (aunque también el de Castilla-La Mancha de Emiliano García-Page ha recurrido la medida) y Parlamentos de esas comunidades.
Hay que añadir otras dos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña). En cuanto a los primeros, fuentes del tribunal apuntan que el debate se centrará en primer lugar en la legitimidad de los Ejecutivos autonómicos para recurrir la ley, para lo que habrá que discernir si justifican tener un interés directo en el asunto.