Muy importante precisión del juez Pablo Llarena destacada en medio jurídicos a Hechos de Hoy.
El juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo, instructor de la causa del procés, se mantiene firme en su criterio y decisión de no aplicar la Ley de Amnistía al delito de malversación por el que están procesados el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig.
El juez Pablo Llarena ha rechazado los recursos planteados por los tres procesados y por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra su decisión del pasado 1 de junio por la que determinó que la Ley de Amnistía no puede aplicarse.
El juez Pablo Llarena precisa que la ley excluye de su ámbito de aplicación los delitos de malversación cuando quien lo cometa actúe con el objetivo de “obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.
Destaca que ese enriquecimiento está presente ante “cualquier beneficio que hubiera exigido del pago de una contraprestación dineraria”, aunque “no aumente materialmente su nivel de activos o de riqueza”, algo que considera que se da en este caso con el desvío de fondos públicos para la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
El juez Pablo Llarena sí se opone a dejar también fuera de la Ley de Amnistía, como pretendía Vox, el delito de desobediencia por el que está asimismo procesado Carles Puigdemont.