Estado de Emergencia Económica. Esto es lo que decretó el Gobierno de Venezuela, un plazo que durará sesenta días, tal y como publicó Estado de Emergencia Económica. La medida, llevada a cabo por el presidente, Nicolás Maduro, pretende “proteger los derechos sociales de la educación, salud, vivienda y deporte de todos los venezolanos”.
"Se declara el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un laspo de sesenta días (60)", según la información de la gaceta, que aún no publica los detalles del decreto en cuestión.
La publicación se produce unas horas antes de que Maduro comparezca por primera vez ante la nueva Asamblea Nacional, de mayoría opositora, para rendir cuentas. El Gobierno venezolano informó que antes de la comparecencia de Maduro, el nuevo ministro de Economía, Luis Salas, informará de las medidas que se pretenden llevar a cabo en estos dos meses.
Por su parte, el jefe de filas del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Héctor Rodríguez, confirmó que Maduro acudirá a la Asamblea. “Invitamos a todo el pueblo de Venezuela a que acompañe a nuestro presidente en este mensaje y en esta nueva etapa de la revolución (bolivariana) que nos convoca a la producción, a la eficiencia, al trabajo, y a todos los venezolanos que amamos este país”
La situación que se vive en Venezuela es de total emergencia, con una inflación disparada (algunos medios apuntan a que superar el 200%) y un desabastecimiento cada vez mayor. Desde el varapalo electoral que tuvo lugar el pasado 6 de diciembre, Maduro avisó de que plantearía decretar el Estado de Emergencia Económica.
En vilo queda ahora la situación de Venezuela ya que la postura de la oposición (quien gobierna la Asamblea) podría ser contradictoria. En caso de no apoyar la medida, el Gobierno chavista podría llegar a recurrirla al Tribunal Supremo de Justicia.
Según la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción de 2001, el estado de emergencia es una de las formas de los estados de excepción, que “solamente pueden declararse ante situaciones objetivas de suma gravedad que hagan insuficientes los medios ordinarios que dispone el Estado para afrontarlos”.
A esto se respondería “ampliando las facultades del Ejecutivo Nacional, con la restricción temporal de las garantías constitucionales permitidas y la ejecución, seguimiento, supervisión e inspección de las medidas que se adopten conforme a derecho”.
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