1. Inicio
  2. Secciones
  3. España
  4. El Tribunal Constitucional anula la declaración del Parlamento de Cataluña

ACEPTA EL DERECHO A DECIDIR

El Tribunal Constitucional anula la declaración del Parlamento de Cataluña

En una decisión por unanimidad, y en los tiempos políticos de una España de luto por la muerte de Adolfo Suárez, el Tribunal Constitucional se pronunció sobre la declaración soberanista.

Hechosdehoy / Arturo Vázquez / María Céspedes
fjrigjwwe9r1_articulos:cuerpo

Atención a los tiempos que comienza, que son difíciles, y exigen templanza, con acontecimientos que se precipitaron apenas quedó sellada en el claustro de la catedral de Ávila la tumba de Adolfo Suárez.

La cuestión de fondo para analistas, como se señaló a Hechos de Hoy, se centra en cómo se puede desmontar este clima de choque de trenes. Por un lado el Parlamento de Cataluña, decidido a las recusaciones contra el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, y los magistrados Pedro José González-Trevijano y Enrique López. La respuesta del Tribunal Constitucional, donde esta iniciática cayó como una bomba, ha sido inmediata.

El pleno del Tribunal Constitucional rechazó por unanimidad -en una sentencia de 36 páginas- la parte de la declaración aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado enero en la que se proclama la soberanía del pueblo catalán. No discute, sin embargo, que se reclame la consulta. Rechazó la proclamación de un "sujeto político y jurídico soberano" pero aceptó la referencia a la consulta.

Declaró por tanto constitucionales las referencias "al derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña". Estimó que no consagran un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución, sino una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso en el marco de la legalidad constitucional. La ponente esta la sentencia ha sido la vicepresidenta Adelfa Asura.

Un fallo por unanimidad

El Pleno del Tribunal Constitucional declaró "inconstitucional y nulo" el precepto de la declaración soberanista aprobada por el Parlamento de Cataluña el 23 de enero de 2013, que considera al pueblo de Cataluña "sujeto político jurídico y soberano".

En la misma sentencia, el Tribunal Constitucional ve constitucionales las referencias “al derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña” que considera, pueden entenderse como una aspiración política siempre y cuando se llegue a ella dentro de la legalidad constitucional. De esta manera estima parcialmente, por unanimidad, el recurso del Gobierno de Mariano Rajoy para impugnar la declaración soberanista al considerar que puede producir efectos jurídicos.

El Tribunal Constitucional considera inconstitucional, por vulnerar los artículos 1.2 y 2 de la Constitución, el principio primero titulado "Soberanía" en la declaración soberanista, que recoge que "el pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano". La sentencia hace referencia a la celebración de un referéndum de autodeterminación y considera que "una comunidad autónoma no puede unilateralmente convocar un referéndum" para decidir "sobre su integración en España".

El Tribunal Constitucional sí considera que "cabe una interpretación constitucional" del "derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña" siempre que el proceso se ajuste a la ley, entendiéndolo como una aspiración política de la legalidad constitucional.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Fill out this field
Fill out this field
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
You need to agree with the terms to proceed

twitter facebook smarthphone
Menú