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FRAUDE FISCAL

Cristina de Borbón y Grecia, ni duquesa de Palma ni derechos dinásticos

El juez obtuvo la luz verde para sentar en el banquillo a la Infanta. Exoneró a Doña Cristina del blanqueo de capitales pero mantuvo el fraude fiscal. A Iñaki Urdangarin le imputa nueve delitos.

Hechosdehoy / A. Vázquez / María Céspedes
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Para el Rey Felipe VI es una circunstancia personal muy dolorosa. Siempre tuvo una complicidad muy especial con su hermana Cristina de Borbón y Grecia. Apoyó su matrimonio con Iñaki Urdangarin y entre ellos la relación fue estrecha y cordial. Por eso fue enorme su decepción cuando se reveló el caso Noós.

La Zarzuela se abstuvo esta vez de comentarios. Los criterios del Rey, como destacó Hechos de Hoy, son muy firmes. No pueda haber ninguna excepción ni tolerancia ante la corrupción política. Para analistas, Cristina de Borbón y Grecia no puede seguir siendo duquesa de Palma ni mantener los derechos dinásticos. De ella depende el primer caso. Sería terriblemente doloroso que el Rey tuviera que intervenir para zanjar esta cuestión.

Decisión en Palma de Mallorca

La Audiencia Provincial de Baleares decidió mantener la imputación de la Infanta Cristina por dos delitos fiscales y acepta su recurso en relación al delito de blanqueo de capitales, que queda sobreseído, una vez resueltos los recursos de apelación del caso Nóos.

La Infanta se sitúa así a un paso de sentarse en el banquillo para responder como cooperadora en dos delitos fiscales castigados con penas de entre uno y cinco años de prisión y una multa que puede multiplicar por seis el monto total de lo defraudado. Por el contrario, el tribunal no ha encontrado indicios de que la hermana del Rey Felipe VI haya incurrido en un delito de blanqueo de capitales y, por tanto, su imputación por este delito queda sobreseída.

La Infanta se enfrenta a penas de entre uno y cinco años de prisión por cada uno de los delitos fiscales que se le imputan. Además, el delito fiscal conlleva multas de hasta seis veces los defraudado. El Tribunal desestimó el recurso de Iñaki Urdangarin, al que añade una imputación por blanqueo de capitales y que tendrá que responder por la presunta comisión de diez delitos.

Contra esta decisión de la Audiencia Provincial no cabe recurso. Ahora queda por ver si a la Infanta se le aplica la llamada doctrina Botín, que establece que una acusación popular no puede concurrir en solitario a un juicio contra un procesado en el que el directo perjudicado, en este caso la Hacienda pública, no acusa.
 

La Agencia Tributaria ya ha dicho a lo largo de la instrucción de este caso que con los datos que tiene en sus manos la hermana del Rey no ha incurrido en ninguna irregularidad fiscal, por lo que de no acusarla, podría librarse del banquillo. Los magistrados dirimían si hay indicios de blanqueo de capitales procedentes de Aizoon, la sociedad que era propiedad al cincuenta por ciento de la Infanta y su marido, Iñaki Urdangarin, y que podría haber servido de tapadera al desvío irregular de fondos desde el Instituto Nóos.

La resolución de estos recursos supondrá de manera efectiva el pase a procedimiento abreviado y, por tanto, el comienzo del juicio. Además del recurso de la Infanta, la Sala resolvía los interpuestos por Urdangarin; el exsocio del duque, Diego Torres; su mujer, Ana María Tejeiro, y los hermanos de ésta, Marco Antonio y Miguel Tejeiro; el expresidente de Baleares Jaume Matas; los ex altos cargos de la Generalitat Valenciana Jorge Vela, Manuel Aguilar, Luis Lobón y Elisa Maldonado, y la exconsejera de la Fundación Madrid 16, Mercedes Coghen.

La Sala estimó los recursos de Manos Limpias y del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Valencia e imputó al vicealcalde Alfonso Grau. También estima los recursos del sindicato e imputó a dos personas vinculadas a Madrid 16 y a Salvador Trinxet. El auto añadió el delito de blanqueo a las imputaciones contra Urdangarin, Diego Torres y Ana María Tejeiro. El resto de los recursos fueron desestimados. La decisión fue unánime y es firme.

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