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EL SUMARIO DEL PROCÉS

Puigdemont y Junqueras, suspendidos como diputados por el juez Llarena

El juez Pablo Llarena dio por concluido y cerrado el sumario del "procés". Suspendió como diputados a Carles Puigdemont y a Oriol Junqueras- Dejó en manos del Parlamento de Cataluña que puedan ser sustituidos.

Hechosdehoy / Hechos de Hoy / UN / Lola Paredes
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El juez que instruye la causa abierta por el procés, Pablo Llarena, comunicó a la Mesa del Parlamento de Cataluña la suspensión de cargo público de los cinco diputados catalanes que están en prisión preventiva así como del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, huido en Alemania. Todos ellos, procesados por rebelión.

Lo ha hecho en virtud del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prevé que una vez el procesamiento sea firme y se decrete la prisión provisional por un delito relacionado "con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes", aquel procesado que ostente un cargo público quedará "automáticamente suspendido" en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.

Esta medida afecta al exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras de ERC, y a los diputados del PDeCAT, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez, al igual que al expresidente Carles Puigdemont, pero no así al exconsejero fugado en Bélgica, Antoni Comín, que tiene pendiente su recurso al auto de procesamiento.

El juez Pablo Llarena ha terminado la instrucción de la causa del procés y ha declarado en rebeldía a los procesados que se encuentran huidos, incluido el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, que serán investigados en otra pieza separada.

El juez ha acordado la conclusión del sumario de la causa del procés respecto de los procesados no fugados, a quienes da quince días para su comparecencia en el tribunal competente para enjuiciarlos en el Tribunal Supremo.

Respecto a los que están huidos de la justicia (Carles Puigdemont, Antoni Comín, Lluis Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel) los declara en rebeldía y, tal y como contempla el artículo 842 de la ley procesal, se suspende el curso de la causa respecto a ellos, que quedarán en otra pieza separada mientras no se encuentren a disposición del juez.

En cuanto a los presidentes de la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) y de la Asociación Catalana de Municipios (ACM), Neus Lloveras y Miquel Buch, el juez rechaza su inclusión en la causa del procés al considerar que no hay indicios que justifiquen su responsabilidad por el "delito pluripersonal de rebelión", sin perjuicio de que su actuación pueda ser investigada por ·"una responsabilidad penal distinta".

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