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Pablo Ruz sienta en el banquillo a Sandro Rosell, Josep Maria Bartomeu y FC Barcelona

El magistrado de la Audiencia Nacional deniega sus peticiones y les llevará a juicio para discernir si se cometió un delito fiscal y administración desleal en el fichaje de Neymar.

Hechosdehoy / Hechos de Hoy / Samuel Murphy
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El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz decidió continuar el procedimiento contra Sandro Rosell, Josep Maria Bartomeu y el FC Barcelona por los delitos contra la Hacienda Pública y de administración desleal en el caso Neymar. De esta manera, el magistrado rechaza la solicitud de sobreseimiento pedida por Bartomeu y Rosell, así como inhibirse en favor de un juzgado de Barcelona.

El fiscal dispone ahora de diez días para presentar su escrito de acusación. En el auto, el magistrado relata los hechos que ocurrieron entre 2011 y 2014 como consecuencia del fichaje de Neymar, al mismo tiempo que analiza las consecuencias de la Declaración que presentó el Club en febrero de 2014.

Concluye así que tanto el club como sus dos sucesivos presidentes Rosell y Bartomeu pudieron incurrir en hasta 3 delitos contra la Hacienda Pública por las cuotas que habrían dejado de retener, informas fuentes jurídicas. Es esta cantidad la que conforme a la doctrina vigente del Tribunal Supremo determina la competencia de la Audiencia Nacional.

En relación con la responsabilidad del presidente Bartomeu, el auto destaca su protagonismo " tanto en la génesis de las operaciones contractuales que constituyen la base factico del procedimiento como en el desarrollo del fichaje y por último en relación al conocimiento, Asunción y autorización de los pagos vinculados a dicha contratación ocurridos en 2014 y que determinaron la obligación de retención para el club que sin embargo, en sucesión de la mecánica defraudatoria procedente de ejercicios previos – 2011 y 2013- continuó siendo eludida también en el ejercicio de 2014".

El juez asume los criterios de los peritos de Hacienda considerando que los diferentes contratos utilizados para el fichaje del futbolista "venían a encubrir u ocultar lo que en realidad constituían un mayor coste para el FCB derivado de la adquisición del jugador, articulándose sobre los mismos diferentes pagos cuya real configuración era la de rendimientos de trabajo de aquel por aparecer directamente vinculados a la contratación del deportista, todo ello además con la finalidad de Eludir o aminorar de manera subrepticia el pago ante la Hacienda Pública de las cuotas tributarias a cuya retención y abono venia compelido el FCB como obligado tributario".

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