Ley de Nietos, se exige desvelar la trampa de un pucherazo. El drama de Ceuta ha roto todos los relatos de Sánchez y su corte de asesores. “Ceuta aguanta, España se levanta”. No fue sólo un grito en las manifestaciones. Frenar la Ley de Nietos, un triunfo de las instituciones democráticas y de toda la sociedad civil.
Un peligro serio. El Tribunal Supremo frenó la Ley de Nietos por ser un peligro real para el resultado de las elecciones. En dos autos, el Tribunal Supremo explica que tomó la decisión de parar temporalmente la norma ante la magnitud del aumento del censo de electores.
Hechos de Hoy subrayó una cuestión de hondo calado. El Tribunal Supremo frena la Ley de Nietos y su impacto en el censo.
El Debate destacó el análisis de Isabel Durán: El Tribunal Supremo obliga a abrir la caja negra del censo de Sánchez.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha hecho públicos sus autos sobre las medidas cautelares.
Un peligro fundado, real y serio
El Tribunal Supremo considera que no paralizar cautelarmente las altas en el censo por la “ley de nietos” implicaba un “peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral”. Así lo pone de manifiesto en las dos resoluciones en las que acordó la medida.
Aprecia la existencia de “un riesgo de que el incremento tan notable en la relación de electores del CERA” a consecuencia de la polémica reforma “siga aumentando en número con el transcurso del tiempo”.
Incremento extraordinario de electores en el CERA
El Tribunal Supremo destaca que el “incremento extraordinario” en el número de electores inscritos en el CERA y el hecho de que el mismo “está en constante aumento”, alcanzando unas cifras de “extraordinaria dimensión”, unido a la incidencia que pudiera tener en los censos de electores así conformados con vistas a unas futuras elecciones llevaron a la Sala a señalar que, de no acordar la medida, podrían verse afectadas “la transparencia del proceso electoral” .
Y “la confianza de la ciudadanía en sus resultados, amén de generar una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral”.
La actualización del censo es permanente
Y es que, teniendo en cuenta que el censo electoral “es permanente y se actualiza cada mes”, además de las altas e inscripciones en el CERA ya producidas desde que entró en vigor la “ley de nietos”, se siguen tramitando y resolviendo nuevas inscripciones.
A este respecto apuntó que Iustitia Europa aportó unos datos, que no fueron rechazados por la Junta Electoral Central ni por la Abogacía del Estado (en representación del Ministerio de Presidencia) según los cuales a 1 de julio había inscritos en el censo exterior 2.736.522 electores, frente a los 2.328.260 electores correspondientes a las elecciones generales de 2023.
El incremento en Madrid y Barcelona
Lo que supone, por tanto, un total de 408.262 electores más -en circunscripciones electorales como Madrid se registran 115.57 votantes más y en Barcelona, 43.439 electores más- lo que revela según el Supremo “un incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia” de la reforma.
El censo podría quedar gravemente comprometido
Para el Tribunal Supremo resulta crucial preservar “la corrección, claridad y transparencia de todo el proceso electoral” y, en concreto, del censo, como «presupuesto indispensable para el ejercicio del derecho de sufragio y, en definitiva, para la eficacia y prevalencia de la expresión de la voluntad popular», que es la titular de la soberanía nacional.
Al mismo tiempo, insiste en que “por la magnitud de las cifras de incremento” del CERA, la afectación al derecho de sufragio “y al resultado electoral deseado por los españoles que ya figuran inscritos correctamente en el censo”, electoral podría quedar también “gravemente” comprometido.
A señalar por último que cuenta con un voto particular contrario a las medidas cautelares de la magistrada María Alicia Millán Herrandis.







