La Abogacía del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, ha presentado este lunes ante el Tribunal Constitucional un escrito en el que pide anular el decreto del Gobierno catalán que crea una junta electoral para la consulta soberanista del 9 de noviembre, que está suspendida.
Fuentes de Justicia informaron que la Abogacía ha esgrimido que el Ejecutivo de Artur Mas, al crear esta junta electoral, ha incumplido la providencia del Constitucional que admitía a trámite los recursos del Gobierno central contra la consulta del 9-N.
En concreto, la Abogacía ha presentado un "incidente de ejecución" de la decisión tomada el pasado 29 de septiembre por el Constitucional, que admitió los recursos contra la Ley de Consultas catalanas y la convocatoria de noviembre. Esta admisión supuso la suspensión de ambas disposiciones autonómicas.
A este respecto, los magistrados argumentaron la semana pasada, al admitir los recursos del Gobierno central, que la rápida admisión de las iniciativas legales sobre la consulta del 9-N se debía a la "trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana".
El Alto Tribunal añadió que "la decisión del Pleno de no demorar su resolución obedece a que el Tribunal Constitucional es consciente de la trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas, para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana".
Sin entrar en el "fondo"
No obstante, los magistrados destacaron que su decisión de este lunes está "limitada a comprobar la concurrencia de las condiciones procesales de admisibilidad de los recursos, sin consideración alguna respecto al fondo de los mismos".
Asimismo, el Constitucional explicó que los recursos del Gobierno han sido admitidos a trámite y que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, había invocado en sus recursos el artículo 161.2 de la Constitución.
Este artículo se refiere a que cuando el Ejecutivo impugna las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas, "la impugnación produce la suspensión de la disposición recurrida", en este caso la Ley de Consultas catalana y el decreto de convocatoria del 9-N.