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EL RECURSO DE PIKABEA

El Tribunal Supremo contra la Audiencia Nacional en descontar penas a etarras

La mayoría de los magistrados de la Sala de lo Penal se oponen al criterio de la Audiencia Nacional por el que se liberaron miembros de la banda como Santi Potros.

Hechosdehoy / Hechos de Hoy / UN / A. V. / Servimedia
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El Pleno jurisdiccional del Tribunal Supremo acordó rechazar el recurso del etarra Kepa Pikabea para que se tuviesen en cuenta los 10 años que pasó en prisión en Francia y reducir en ese mismo tiempo la pena que le quedaba por cumplir en España. La decisión se tomó por nueve votos a favor y seis en contra. Los magistrados discrepantes han anunciado la presentación de un voto particular.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, había expresado mañana su confianza en que el Pleno sobre la acumulación de penas a etarras permitiera, "si es posible", la aplicación de "una interpretación unánime y común" a todos los tribunales sobre este asunto.

Reconoció que desde el Gobierno "es lo que esperamos que se produzca, una interpretación compartida por todas las secciones y las unidades de la Audiencia Nacional para evitar situaciones anteriores de que dos secciones hayan podido aplicar de manera distinta una misma normativa".

El Tribunal Supremo ha tomado esta decisión en una segunda convocatoria, después de que sus 15 miembros no fueran capaces de alcanzar una posición común en su reunión maratoniana del pasado 16 de diciembre.

La nueva reunión comenzó acon las posiciones igualmente enfrentadas, se suspendió para que sus miembros acudieran a la toma de posesión de la nueva fiscal general y se reanudó después para terminar al filo de las tres de la tarde. El Pleno ha debatido sobre la aplicación de la nueva normativa de acumulación de penas a presos etarras y ha fijado un criterio unificado para el cálculo de la liquidación, después de que casi medio centenar de terroristas haya solicitado que se calcule de nuevo su fecha de salida de prisión.

El fiscal del Tribunal Supremo había presentado un informe en el que consideraba que la jurisprudencia que llevó a la reciente excarcelación de varios etarras por la Audiencia Nacional, entre ellos Santi Potros, debía ser modificada, porque ha tenido efectos "perniciosos".

El Tribunal Supremo estudiaba en concreto la excarcelación del etarra Kepa Pikabea en aplicación de la normativa europea y española, en un caso que podría sentar jurisprudencia, por ejemplo, en el caso de Santi Potros.  En aplicación de este criterio, el pasado mes de diciembre (asunto que destacó Hechos de Hoy) fue excarcelado el etarra Santi Potros, que mientras no haya modificación de los criterios por los que la Sala Primera de la Audiencia Nacional recalculó su pena seguirá en libertad.

 

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