No importa la época del año, en cualquier momento puedes encontrarte con que la aerolínea que gestiona tu vuelo lo ha cancelado, y no es para menos, pues son muchas las causas que pueden llevar a la compañía a tomar una decisión así.
Por eso, recibir asesoramiento por parte de profesionales como los de AirHelp en cuanto a los derechos de los pasajeros en estos casos es positivo, especialmente para aquellos que viajan de forma habitual. De esta forma los afectados podrán saber qué es posible reclamar en caso de vuelo cancelado y no perder dinero a causa de su ignorancia en el tema.
A continuación, nosotros te contamos qué es necesario tener en cuenta, a grandes rasgos, en cuanto al derecho de reclamación por vuelo cancelado tanto en Europa como en el resto del mundo.
Normativa legal y circunstancias
Lo primero que hay que tener en cuenta cuando la compañía aérea cancela un vuelo es la causa que lo ha provocado. Esto es importante porque de esta causa dependerá poder presentar una reclamación por vuelo cancelado a la aerolínea o no.
Es decir, no siempre va a ser posible recibir una indemnización por un vuelo cancelado. En estos casos, las causas conocidas como “circunstancias extraordinarias” eximen de responsabilidad a la aerolínea. Algunas circunstancias extraordinarias comunes con las condiciones meteorológicas adversas, los riesgos de seguridad o los actos de terrorismo.
Así, las aerolíneas habitualmente indemnizarán cuando sean responsables de la cancelación. En última instancia, todo depende de dónde se produzca la cancelación y, por lo tanto, de la normativa legal que aplique en cada caso. En general, existen dos casos: el Reglamento (CE) 261 en Europa y el Convenio de Montreal, de forma global, ratificado por más de cien países.
El Reglamento (CE) 261 en Europa
La normativa europea es el texto legal que ofrece más protección a los pasajeros, pues establece los casos en los que los afectados pueden reclamar una compensación económica por vuelo cancelado, así como las cuantías que deberán recibir.
Así, si el texto legal que aplica es la ley europea, es importante tener en cuenta las causas, es decir, que la responsable de la cancelación sea la aerolínea —el caso más habitual son las huelgas del propio personal, como los pilotos—, pero también es necesario cumplir con otros requisitos, en concreto, relacionados con la antelación con la que la aerolínea notifica a los pasajeros y la diferencia horaria entre el vuelo alternativo ofrecido por la compañía y el vuelo original.
Si el plazo de antelación es inferior a catorce días y las diferencias entre vuelos son suficientes, los pasajeros podrán recibir una indemnización por vuelo cancelado que va desde los 125 a los 600 euros. La cuantía final viene determinada por estas diferencias y los kilómetros de distancia del recorrido del vuelo:
- 125 euros: Vuelos de 1500 km o menos con una diferencia horaria de dos horas con el vuelo alternativo.
- 200 euros: Vuelos dentro de la UE de más de 1500km o vuelos no comunitarios de entre 1500 y 3500 km con un vuelo alternativo con entre dos y tres horas de retraso.
- 250 euros: Vuelos de 1500 km o menos con un vuelo alternativo con un retraso de entre dos y cuatro horas.
- 300 euros: Vuelos fuera de la UE de más de 3500 km con un vuelo alternativo que supone un retraso de entre dos y cuatro horas respecto del original.
- 400 euros: Vuelos dentro de la UE de más de 1500km o vuelos fuera de la UE de entre 1500 y 3500 km con un vuelo alternativo con un retraso de más de tres horas.
- 600 euros: Vuelos no comunitarios de más de 3500 km con un vuelo alternativo con más de cuatro horas de retraso respecto del vuelo original.
Además, la ley europea también contempla la posibilidad de que las aerolíneas deban hacerse cargo de los gastos imprescindibles de los pasajeros debido a la cancelación, como los relacionados con el alojamiento o la alimentación.
El Convenio de Montreal
Más de 120 países han ratificado este convenio internacional sobre los derechos del pasajero aéreo, entre los que se encuentran países como Estados Unidos y los pertenecientes a la Unión Europea, si bien este texto legal es más limitado en su cobertura de derechos.
En concreto, no se establecen casos y cuantías, sino que las aerolíneas podrán compensar a sus pasajeros por las pérdidas que hayan sufrido a causa de la cancelación (por ejemplo, la pérdida de una reserva de hotel o de otro vuelo).
Sin embargo, en el caso del Convenio de Montreal es el pasajero en cada caso el que debe reclamar y negociar con la aerolínea si acuerda una compensación económica o no, por lo que las cuantías son variables según el pasajero.
Así las cosas, si tu vuelo se cancela, podrás presentar una reclamación aérea en función del lugar donde suceda la cancelación y, por lo tanto, de lo establecido en el texto legal que aplique en cada caso.





