1. Inicio
  2. Secciones
  3. España
  4. El juicio de faltas de Esperanza Aguirre por su incidente con Movilidad

ACEPTADA LA PROPUESTA

El juicio de faltas de Esperanza Aguirre por su incidente con Movilidad

La expresidenta y candidata del PP al Ayuntamiento de Madrid será juzgada por una falta de desobediencia por el incidente con los agentes de Movilidad en el centro de Madrid.

Hechosdehoy / UN
fjrigjwwe9r1_articulos:cuerpo

La Audiencia Provincial de Madrid ordenó que el incidente de tráfico protagonizado el pasado 3 de abril de 2014 por la presidenta del PP de Madrid y candidata a la Alcaldía de Madrid, Esperanza Aguirre, se tramite como un juicio de faltas. Así consta en un auto en el que se acuerda revocar el auto de archivo de la causa y solicitar al juez Carlos Valle que en su lugar celebre un juicio de faltas, al estimar el recurso de la Fiscalía.

Asimismo, fuentes jurídicas explicaron que dicha notificación tiene que llegar al juzgado por sus cauces ordinarios. Tras ello, el juez señalará la fecha del juicio, que es el único acto que se celebrará en el procedimiento. En el mismo, el fiscal solicitará la multa que considere oportuna.

Cabe recordar que contra este auto no cabe ningún recurso, de tal modo que queda sin efecto el auto dictado el pasado 19 de enero por que se archivaba la causa, que se continuará por el procedimiento por los trámites del juicio de faltas. La Fiscalía solicitaba que se devolvieran las diligencias para que fueran tramitadas como un juicio de faltas, tal y como pretendía el juez Carlos Valle en un primer momento.

Los magistrados señalan que las diligencias practicadas en la instrucción corroboran, a nivel indiciario, que "se produjo una inobservancia de mandatos impartidos por los agentes de Movilidad y los municipales".

Asimismo, agregan que esto podría constituir la base objetiva de una infracción penal por desobediencia sin que el tribunal pueda entrar a valorar la entidad o gravedad de la desobediencia para su calificación como delito o falta, ya que ningún recurrente ha pretendido la continuación por los trámites del procedimiento abreviado.

"La única opción que cabe es la continuidad por los trámites del juicio de faltas exigiendo que se depure la posible responsabilidad en el acto del plenario bajo los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción", señala la resolución del auto.

Asimismo, añadió que el archivo solo se puede producir cuando "las diligencias de prueba practicadas evidencian de forma objetiva y clara, sin necesidad de interpretaciones sin objetivas, la inexistencia de los hechos objeto de la investigación".

Por su parte, los magistrados rechazaron el recurso interpuesto por los agentes de Movilidad, ya que según ellos "falta legitimación" y por "la inexistencia de lesiones". En el recurso se manifestaba su oposición a los argumentos del juez de que no había indicios de la existencia de un posible delito de desobediencia.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Fill out this field
Fill out this field
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
You need to agree with the terms to proceed

twitter facebook smarthphone
Menú